Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables actualizado con la regulación de la ORDEN HFP/1314/2022 (BOE 30/12/2022) que aprueba el Modelo 592 y el Modelo A22, de autoliquidación y de solicitud de devolución del impuesto.

 

1. INTRODUCCIÓN

Te recordamos que la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, creó, con efectos 1 de enero de 2023, entre las medidas fiscales para incentivar la economía circular, el Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, cuyas características principales se indican a continuación. Mediante Orden HFP/1314/2022, de BOE 30/12/2022, ha sido aprobado el Modelo 592 y el Modelo A22, de autoliquidación y de solicitud de devolución del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, respectivamente.

2.  AUTOLIQUIDACIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO:

El impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre la utilización, en el territorio de aplicación del impuesto, de envases no reutilizables que contengan plástico, tanto si se presentan vacíos, como si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancías. (…)

 

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